¿Cuáles son los requisitos para que un autónomo pueda cobrar el paro?

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¿Cuáles son los requisitos para que un autónomo pueda cobrar el paro?

¿Puede un autónomo cobrar el paro? La respuesta es sí. Concretamente, desde el 6 de noviembre de 2010 los profesionales autónomos pueden acceder a la prestación por cese de actividad. Esto fue posible gracias a la reivindicación por parte de este colectivo para acceder a la prestación por desempleo. Sin embargo, lo cierto es que entre 2010 y 2015 el porcentaje de autónomos que había podido cobrar el paro era muy bajo. El motivo: los estrictos requisitos de las mutuas para conseguir la aprobación de la prestación por cese de actividad.

Ante esta situación, en 2015 se aprobaron diferentes novedades para facilitar el acceso a la prestación, modificando así la Ley de Mutuas dentro de la Ley General de la Seguridad Social. En 2015 y según datos de la Federación de Organizaciones de Profesionales, Autónomos y Emprendedores (OPA) se aprobaron el 47% de las solicitudes presentadas, a diferencia del 17% de años anteriores.

Requisitos para que un autónomo pueda cobra el paro

Por tanto y como ya hemos confirmado, es posible que los autónomos puedan acceder a la prestación por desempleo, conocido también como el ‘paro de los autónomos’. No obstante,  es necesario cumplir una serie de requisitos para ello:

  1. El autónomo debe estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y estar al corriente del pago de las cuotas a la Seguridad Social.
  2. Debe tener cubierto el periodo mínimo de cotización por cese de actividad (fijado en 12 meses mínimos, que además deben ser seguidos y anteriores al cese de la actividad).
  3. Estar en situación legal de cese de actividad empresarial. El motivo puede ser económico, técnico, productivo u organizativo, causa de fuerza mayor, violencia de género, divorcio o separación matrimonial o pérdida de licencia.
  4. No haber alcanzado la edad de jubilación, excepto si tiene acreditado un periodo de cotización requerido para ello.
  5. En caso de haber perdido la licencia de actividad por una infracción penal, el autónomo perderá directamente el derecho a la prestación.
  6. Por último y para mantener la prestación por desempleo (en caso de que la solicitud haya sido aprobada), el autónomo debe comprometerse a realizar las actividades que el Servicio Público de Empleo pueda convocar (formaciones, actividad emprendedora, orientación…)

Otra información de interés

Es importante señalar que en el caso de conseguir la aprobación de la solicitud de prestación de desempleo por cese de actividad, la cuantía a cobrar es por lo general bastante baja. Esto se debe a que la mayor parte de los autónomos cotiza a la mínima. A esto se le suma que la duración del paro será bastante corta: por ejemplo, si tienes entre 12 y 17 meses cotizados, podrás acceder a 2 meses de paro.

Si necesitas más información sobre este tema, en Agustín & Ana Asesores podremos asesorarte. Contáctanos sin ningún tipo de compromiso.

Alejandro Méndez
Alejandro Méndez
Content and Community Manager en Agustín & Ana Asesores.

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