Un autónomo colaborador es un familiar directo del trabajador autónomo titular que comienza a trabajar para él. Por tanto, si estás pensando en contratar a un familiar para tu empresa, debes tener en cuenta las características especiales de este tipo de perfil.
A lo largo de este artículo daremos respuesta a algunas de las preguntas más comunes sobre el autónomo colaborador: ¿Quién y cómo puede darse de alta como autónomo colaborador? ¿Tiene que hacer frente a los mismos impuestos? ¿Puede disfrutar de algún tipo de bonificación? ¡Sigue leyendo!
¿Quién puede darse de alta cómo autónomo colaborador?
No todo el mundo puede darse de alta como autónomo colaborador, sino que hay una serie de requisitos que es necesario cumplir. Por regla general, son los familiares del empresario los que están obligados a cotizar como autónomos colaboradores si comienzan a trabajar para él. Los requisitos son:
- Ser familiar directo: cónyuge, descendientes, ascendientes…(consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado)
- Trabajar para el autónomo titular de forma habitual y no de forma esporádica.
- No tener trabajo por cuenta ajena.
¿Cómo puede darse de alta un autónomo colaborador?
El autónomo colaborador debe incorporarse al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) así como darse de alta en la Seguridad Social a través del modelo TA0521/2 (familiar colaborador). En cuanto a la documentación, deberá presentar su DNI, libro de familia y una copia del alta en Hacienda del autónomo titular del negocio.
¿Cuáles son los impuestos del autónomo colaborador?
Las obligaciones fiscales son una de las principales ventajas del autónomo colaborador, ya que al no tributar en Hacienda, está exento de las declaraciones de impuestos trimestrales de IVA e IRPF. El motivo: es obligación del autónomo titular del negocio. Entonces, ¿qué obligaciones tiene el autónomo colaborador? Deberá presentar de forma anual su declaración de IRPF así como pagar los impuestos correspondientes en relación a los ingresos obtenidos.
¿Existe algún tipo de bonificación para autónomos colaboradores?
La cuota de autónomos está fijada en 275€ (2017). Dicho esto, los autónomos colaboradores tienen derecho a algunas bonificaciones que reducen esta cantidad durante los primeros dos años:
- Bonificación del 50% de la cuota de autónomos durante los 18 meses posteriores al alta (137€ al mes)
- Bonificación del 25% desde el mes 19 al 24 (206€).
¿Cuáles son las obligaciones del autónomo titular que contrata a un autónomo colaborador?
El autónomo titular deberá cumplir con una serie de obligaciones:
- Pagar las cotizaciones del autónomo colaborador a la Seguridad Social.
- Pagar su salario y nómina correspondiente.
- Contabilizar estas partidas como gastos deducibles de su negocio.
¿Necesitas ayuda o tienes alguna duda?
En Agustín & Ana Asesores llevamos más de 20 años asesorando a todo tipo de empresas. Si quieres que nos encarguemos del proceso de alta como autónomo colaborador, contáctanos sin ningún tipo de compromiso. Nuestro equipo estará encantado de atenderte.