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CONSTITUCIÓN DE
SOCIEDADES



CONSTITUCIÓN DE
SOCIEDADES

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CONSTITUCIÓN DE
SOCIEDADES

 

En siete días lectivos,
puede tener su sociedad
en alta y con Código Fiscal.

 
 
 

• En el Registro Mercantil (petición de nombre e posterior inscripción).

• Ante el Notario: la escritura de constitución y poderes.

• Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados. MOD. 600.

• En Hacienda: obtención del Código de Identificación fiscal , alta en censos y Actividades Económicas.

• En la Seguridad Social: inscripción de la empresa TA 6, alta como autónomo y si es el caso, alta de los trabajadores.

• Libro de Visitas.

• Comunicación de Apertura de Centro de Trabajo.

• Solicitud de Licencia al Ayuntamiento.